TC PLANTEA INCREMENTAR A 25 AÑOS PENAS PARA DELITOS POR CORRUPCIÓN

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía, propuso incrementar las penas para los delitos de corrupción, hasta a 25 años para los casos más graves, a fin de ampliar los plazos de prescripción a aquellos ilícitos cometidos por funcionarios en perjuicio del Estado.

Señaló que la mayoría de estos delitos tienen penas máximas de menos de 10 años y, entonces, los plazos para que prescriban los delitos son cortos.
“La imprescriptibilidad para esa clase de delitos no necesariamente es la panacea para acabar con la corrupción. Lo que necesitamos es elevar las penas de delitos de peculado, concusión, asociación ilícita para delinquir, todos esos delitos vinculados a la corrupción”, dijo.

Según explicó, los delitos prescriben cuando vence el plazo máximo de la pena que le corresponde a ese ilícito, sumado al 50 por ciento de tiempo señalado por la sanción.
Es decir, los delitos como falsedad genérica tienen una pena máxima de cuatro años, y a los seis años prescriben; mientras que los delitos de asociación ilícita tienen seis años como pena máxima, y prescriben a los nueve años.

“Al elevar las penas, se eleva la prescripción. Debería elevarse a 25 años, con lo cual, sin necesidad de ser imprescriptibles, el tiempo sería lo suficientemente largo como para que el brazo legal de la justicia alcance a quienes hayan cometido delito”, argumentó.

Sobre la inmunidad parlamentaria, el titular del TC opinó que es necesario modificar el reglamento interno del Congreso para el que el uso de esa prerrogativa no sea “desnaturalizada por un falso espíritu de cuerpo”.

Recordó que la inmunidad es un principio aplicado para proteger los actos de función, y de ninguna manera para los delitos que implican una naturaleza penal, civil o administrativa, y menos para faltas cometidas antes de la elección del parlamentario.

“La inmunidad es para proteger al parlamentario cuando emite opiniones en el Congreso, por ejemplo. Eso no se aplica antes de la función, no es un escudo para delitos que nada tienen que ver con el ejercicio de la función”, precisó.

Para ello, subrayó la importancia de reformar el reglamento del Poder Legislativo para señalar de manera específica que la inmunidad puede aplicarse solo cuando el congresista se encuentre en pleno ejercicio de su función parlamentaria.

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