LUEGO DE VACANCIA DE CURI, DICE QUE REGRESARÁ EN EL 2014



El Jurado Nacional de Elecciones declaró procedente la vacancia del alcalde del distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa.

Aquí resolución.

RESUELVE POR MAYORÍA

Artículo primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por Jorge
Adalberto Paredes Mansilla, REVOCAR el Acuerdo de Concejo de la Sesión Extraordinaria, de
fecha 12 de marzo de 2012, en el extremo que declaró infundada la solicitud de vacancia de
Santiago Florentino Curi Velásquez al cargo de alcalde del Concejo Distrital de Coronel Gregorio
Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el artículo 22,
numeral 9, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y REFORMÁNDOLA, declarar
la vacancia del referido alcalde, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley N.°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo de la
Sesión Extraordinaria, de fecha 12 de marzo de 2012, en el extremo que rechazó el pedido de
vacancia por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
Artículo segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Santiago Florentino Curi
Velásquez como alcalde del Concejo Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y
departamento de Tacna.
Artículo tercero.- CONVOCAR a Pedro Raúl Rospigliosi Maldonado y a Vicente Chambilla
Chambi para que asuman el cargo de alcalde y regidor, respectivamente, del Concejo Distrital de
Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, para completar el
periodo municipal 2011-2014.

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